El jamón de jabugo es un jamón muy conocido por su textura, aroma y sabor singular. Se elabora en el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche en condiciones microclimáticas únicas, procedente de cerdos de raza ibérica criados en libertad dentro de la dehesa, y alimentados durante la montanera exclusivamente con bellotas y pastos naturales. Anteriormente se denominaba D.O.P. "Jamón de Huelva
Las primeras informaciones de la que tenemos constancia de la elaboración de jamones en la zona, quedó recogida por el escritor Lope de Vega indicando como en la “Sierra famosa de Aracena” que contaba con “diez y siete aldeas” se producían jamones que "todas reputaban por vecinos de esta localidad". En el año 1772 existía en Cumbres Mayores la Hermandad de San Antón Abad, fundada como “Cofradía de Matarifes y Arrieros”.
En el año 1879, el empresario Juan Rafael Sánchez Romero, fundó la primera industria en Jabugo. A principios del siglo XX, el desarrollo de la empresa jamonera se acelera debido al desarrollo de la línea de ferrocarril, consolidandose una red comercial hacia la cuenca minera de Huelva, Sevilla y la provincia de Cádiz. El "Jamón de Jabugo" consigue hacerse con una destacada reputación, por sus excelentes cualidades, a nivel nacional.
Jabugo es una Denominación de Origen Protegida de conformidad con el Reglamento Nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea.
Atendiendo a la raza de los animales y su régimen de alimentación se establecen las siguientes clases de jamones y paletas:
- Clase I. Summum: Procedentes de cerdos «100 % ibérico», cuya edad mínima al sacrificio sea de 14 meses, manejados de forma tradicional y alimentados durante la montanera exclusivamente con bellotas y demás recursos naturales propios de las dehesas y que se hayan curado de forma natural en las singulares condiciones microclimáticas de la Sierra de la provincia de Huelva.
- Clase II. Excellens: Procedentes de cerdos cuyo factor racial sea «ibérico» que posean el 75 % de sangre ibérica, cuya edad mínima al sacrificio sea de 14 meses, manejados de forma tradicional y alimentados durante la montanera exclusivamente con bellotas y demás recursos naturales propios de las dehesas y que se hayan curado de forma natural en las singulares condiciones microclimáticas de la Sierra de la provincia de Huelva.
- Clase III. Selección: Procedentes de cerdos cuyo factor racial sea, al menos, «ibérico» que posean como mínimo el 75 % de sangre ibérica, engordados en libertad en las dehesas mediante los recursos de la dehesa y piensos, constituidos fundamentalmente por cereales y leguminosas, cuya edad mínima al sacrificio sea de de 12 meses y que hayan sido curados de forma natural en las singulares condiciones microclimáticas de la Sierra de la provincia de Huelva.
El período de elaboración será como mínimo de 600 días para el jamón de menos de 7 kilogramos, de 730 días para el jamón de más de 7 kilogramos y de 365 días para la paleta.
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